TERMICA DEL REGIMEN ESPECIAL

Se entiende por este termino las instalaciones que al producir electricidad producen calor, que sea o no aprovechado.
Estas centrales funcionan con motores o turbinas y también se puede considerar pilas de combustibles aunque hoy en día no están muy presentes en el mercado.
Se pueden alimentar de varios combustibles, fósiles o renovables.
Por esas razones se puede decir de esta categoría que es transversal. Le corresponden los siguientes grupos del Real Decreto 661/2007:
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sin aprovechamiento de calor: b.6 (b.6.1, b.6.2, b.6.3), b.7 (b.7.1, b.7.2, b.7.3) y b.8 (b.8.1, b.8.2, b.8.3)
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con aprovechamiento de calor: Categoría a): productores que utilicen la cogeneración u otras formas de producción de electricidad a partir de energías residuales: a.1. (a.1.1, a.1.2, a.1.3, a.1.4) y a.2.
COGENERACION Y TRIGENERACION
Debido a los beneficios potenciales de la cogeneración en lo que se refiere al ahorro de energía primaria, a la eliminación de perdidas en la red y a la reducción de las emisiones, en particular de gases de efecto invernadero, fomentar la cogeneración ha sido una prioridad para la Unión Europea y sus Estados miembros (Directiva 2004/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, Directiva 92/42/CEE, R.D. 661/2007 y R.D 616/2007, R.D 1578/2008).
Al producir electricidad mediante motores o turbinas esencialmente, los sistemas también producen energía térmica que puede ser directamente aprovechada en calor útil (cogeneración) o/y frió (trigeneración) para llegar a unos rendimientos que pueden alcanzar el 85%.
La generación conjunta de energía térmica y eléctrica mediante la tecnología de cogeneración y la producción adicional de frío mediante el empleo de máquinas de absorción en una central de trigeneración supone un aumento de la eficiencia tan importante como necesario para reducir los costes de producción de la industria.
- Es el proceso más eficiente y menos contaminante para producir electricidad a partir de gas natural.
- También puede funcionar a partir de con combustibles de bioenergias.
- Disminuye las pérdidas por transporte mediante una generación distribuida.
- Es el proceso más económico y que permite el empleo de suministros locales, ofreciendo importantes ventajas en las áreas donde se aplica.
Las centrales de cogeneración instaladas en las fábricas suponen para la empresa un ahorro de combustible consumido y un ingreso por la venta de energía excedentaria. Los costes energéticos se invierten, pasando a ser ingresos.
Existen dos modalidades de vender la electricidad producida:
- La energía eléctrica generada se autoconsume en la propia fábrica para satisfacer las necesidades de sus procesos y el excedente producido se vierte a la red pública.
- El R.D. 661/2007 también permite que la electricidad generada por estas plantas sea vertida íntegramente a la Red. Esta modalidad esta conocida como “todo-todo”.
El R.D 661 define que la retribución de la energía generada por la cogeneración se basa en los servicios prestados al sistema, tanto por su condición de generación distribuida como por su mayor eficiencia energética, introduciendo, por primera vez, una retribución que es función directa del ahorro de energía primaria que exceda del que corresponde al cumplimiento de los requisitos mínimos.
Las instalaciones tienen que cumplir con un Rendimiento Eléctrico Equivalente mínimo (REEmin) que depende del combustible empleado, y que valora la electricidad producida y el calor útil aprovechado evitando por lo tanto consumo de materia prima.
Se calcula de la siguiente manera el REE de cada instalación:
REE= [Energía Eléctrica generada]/[Energía del combustible consumido – (Energía Térmica/RefH)]
El Real Decreto 1578/2008 introdujo una nueva tarifa para que las instalaciones que no funcionan las 8.000 horas del año pero que vierten su electricidad a unas horas de demanda más alta del sistema estén valoradas. Las instalaciones interesadas se pueden acoger a la Discriminación Horaria, que sube la tarifa aplicada a las cogeneraciones un 37% siempre que funcionan en horas puntas.
Resumen de la situación en España:
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En diciembre de 2008, la potencia instalada de cogeneración en España era de 6.437 MW, lo que queda lejos del objetivo de 8.400 MW del Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética.
